La DGT señala que en una compraventa verbal no es de aplicación el artículo 1227 del CC y, por tanto, no prescribe el ITPO
La DGT se ha pronunciado en la consulta V3126-18 de 5 de diciembre sobre la fiscalidad de un contrato de compraventa verbal. A este respecto, merecen destacarse tres ideas desarrolladas por la DGT en la consulta; En primer lugar, al tratarse de una transmisión verbal, la inexistencia de un documento privado imposibilita …