División horizontal y extinción de condominio.

La Dirección General de Tributos en la consulta V2306-21, vuelve a manifestar que las operaciones de división horizontal y extinción de condominio, tributan ambas. Se trata de dos hechos imponibles independientes que tributan por separado;  con independencia de que el primero de los actos sea necesario para llevar a cabo …

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