Renunciar a una herencia no implica la renuncia del usufructo

La consulta de la Dirección General de Tributos V1440-25 resuelve la siguiente consulta:

¿La renuncia a una herencia implica también la renuncia al usufructo del que era titular el causante?

Cuando se produce la defunción del usufructuario, se cancela el usufructo vitalicio y el nudo propietario consolida el dominio.

La consolidación se produce por la extinción del usufructo y no por adquisición mortis causa derivada del fallecimiento del usufructuario.

Por tanto, aunque el heredero renuncie a la herencia sí que recibe el usufructo y consolida el dominio.

Podéis leer el texto de la consulta aquí.

 

V1440-25 by Tottributs

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