Elevación a público contrato de arrendamiento de local – Actos Jurídicos Documentados

La consulta de la Dirección General de Tributos, V1357-25, resuelve la cuestión de si queda sujeto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados la elevación a público de un contrato de arrendamiento de local en el supuesto que las partes no quieran que sea inscrito en el Registro de la Propiedad.

Para que un documento quede sujeto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados deben darse los siguientes requisitos:

  • primera copia de una escritura notarial
  • que sea inscribible en el Registro de la Propiedad
  • que tenga contenido valuable
  • que no esté sujeto a la modalidad del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas ni de Operaciones societarias; o al Impuesto de Sucesiones y donaciones.

(art.31 .2 de la Ley del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993 de 24 de septiembre)

El artículo citado exige que el acto o contrato sea inscribible en el Registro no que sea inscrito. Por tanto, no influye que las partes decidan no realizar la inscripción en el Registro.

La elevación a público de un contrato de arrendamiento de local reúne todos los requisitos citados anteriormente; la operación quedará sujeta a Actos Jurídicos se lleva a inscribir o no.

Podéis leer el texto de la consulta aquí.

V1357-25 by Tottributs

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